¿Qué tipo de autónomos tienen derecho a paro?


¿Qué tipo de autónomos tienen derecho a paro? - Diario de Emprendedores¿Los autónomos tienen derecho a paro? Si es así, ¿cómo se calcula la cantidad a percibir por el empresario o emprendedor?

Si te estás planteando montar un negocio o te acabas de subir al carro del emprendimiento, es muy probable que te hayas formulado este tipo de preguntas en más de una ocasión.

En el Diario de Emprendedores queremos ayudarte a encontrar las respuestas y, por eso, a través de las siguientes líneas te explicaremos qué tipo de autónomos tienen derecho a paro, cómo se calculan las cuotas y cuáles son los beneficios de disponer de un seguro para autónomos.

¿Tienen los autónomos derecho a cobrar el paro?

Hasta hace unos pocos años, los autónomos se encontraban en una clara desventaja frente a los trabajadores asalariados debido a que no disponían de ningún tipo de ayuda ni protección en caso de no poder dar continuidad a su actividad.

Sin embargo, a día de hoy los trabajadores por cuenta propia pueden beneficiarse de la protección por cese de actividad, lo que en el mundo del emprendimiento se conoce como el paro de los autónomos.

La protección por cese de actividad se puede definir como un sistema de protección para los trabajadores autónomos que les permite recibir una prestación mensual si no pueden seguir trabajando.

Sin embargo, no todos los autónomos pueden acceder a la prestación por cese de actividad.

Según la Ley 32/2010, de Protección por Cese de Actividad, para cobrar el paro del autónomo es necesario cumplir los siguientes requisitos:

  • Haber cotizado al menos los doce meses justo anteriores al cese de la actividad.
  • Estar al corriente de los pagos de todas las cuotas a la Seguridad Social.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación.
  • No haber perdido la licencia para ejercer como autónomo debido a una causa penal.
  • Tener registrado el cese de la actividad de manera legal.
  • Acreditar disponibilidad para reincorporarse al mercado de trabajo mediante actividades formativas y / o de orientación profesional organizadas por el Servicio de Empleo de la Seguridad Social.

Cabe destacar, asimismo, que para solicitar la prestación por cese de actividad es imprescindible estar afiliado en el Régimen Especial de Autónomos (RETA), donde también se incluye a los Trabajadores del Mar y a los Trabajadores Agrícolas.

Tampoco hay que olvidar que los autónomos societarios también tienen derecho a paro, siempre y cuando reúnan los requisitos que acabamos de enumerar.

¿Cuánto cobran los autónomos en paro?

La cantidad mensual a percibir por el autónomo que declara el cese de su actividad se calcula aplicando el tipo de la base de cotización, que será elegida por el propio trabajador y que se sitúa en los 944,40 euros al mes para la base mínima y en 4.070,10 euros para la base máxima.

Para conocer la cifra exacta que cobrará mes a mes, el autónomo tiene que aplicar el 70 % a la base reguladora. De este modo, si has cotizado la base mínima, tu prestación mensual será de unos 660 euros.

La prestación se podrá cobrar durante un máximo de doce meses, aunque el tiempo se calculará teniendo en cuenta el periodo cotizado.

Para poder recibir la prestación durante un año, el autónomo deberá haber cotizado un mínimo de 48 meses.

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La importancia del seguro para autónomos

Aunque los autónomos tienen derecho a paro, si estás trabajando por cuenta propia será fundamental que dispongas de un seguro adaptado a tus necesidades si deseas estar completamente cubierto ante cualquier incidente o imprevisto.

Ten en cuenta que los seguros para autónomos evitarán que pierdas dinero si te ves en la obligación de parar tu actividad y te darán la oportunidad de recibir una indemnización en caso de accidente o invalidez.

Tampoco te puedes perder nuestro post sobre consejos indispensables para ser autónomo en 2020.


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