¿Eres autónomo? Estos son tus derechos


¿Eres autónomo? Estos son tus derechosA veces parece que las personas que trabajan como autónomas no tienen determinados derechos por “ir por libre”, pero esto no es así.

Es probable que, al ser emprendedor, estés dado de alta como autónomo y, como tal, debes conocer tus derechos, ya que todos los trabajadores los tenemos y debemos disfrutar de ellos.

Así que, si eres autónomo, aquí te decimos cuáles son algunos de tus derechos. ¡Que no te engañen!

Los derechos del autónomo

¡Vámonos de vacaciones!

Es evidente que tú también puedes irte de vacaciones, como mínimo, durante 18 días laborables al año, así que no te prives de desconectar y de disfrutar de unos días de descanso.

Yo también me puedo poner enfermo

Como autónomo, tienes derecho a asistencia sanitaria, ya sea por maternidad, por una enfermedad o por accidente, sea o no laboral.

Una tranquila jubilación

Si eres autónomo no tienes que preocuparte por tu jubilación, ya que, al igual que el resto de trabajadores, también tendrás derecho a una prestación económica cuando te jubiles, aunque esta es inferior a la que perciben los trabajadores por cuenta ajena.

Además, también puedes pedir la jubilación anticipada si desarrollas un trabajo peligroso o algún tipo de discapacidad.

Quiero ser mamá

Si eres autónoma y quieres tener un hijo pero no sabes si podrás disfrutar de la baja maternal no te preocupes, ya que las mujeres autónomas disponen de cobertura por maternidad, parto y posparto y podrás disfrutar de 16 semanas de baja.

También para los papás

Al igual que las mujeres, los hombres también tienen derecho a disfrutar de sus hijos, por lo que, como autónomos, tienen derecho a un mes de baja.

Necesito la baja

Si tienes un accidente o una enfermedad y necesitas estar de baja, tienes derecho a percibir el 60 % de la base reguladora desde el día 4 al 20 y el 75 % a partir del día 21, siempre y cuando el accidente no haya sido laboral.

En cambio, en caso de accidentes laborales o enfermedades profesionales, se te abonará el 75% de la base reguladora desde el día siguiente a la baja.

Y es que, aunque hasta hace poco los autónomos no se tenían demasiado en cuenta, ahora también tienen sus derechos, de los cuales te hemos descrito aquí una pequeña muestra.

Si quieres conocerlos todos en profundidad, puedes hacerlo consultando el Estatuto de los trabajadores autónomos.


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